7 personas fallecidas, decenas de carreteras cortadas, cientos de miles de niñ@s sin clases, aeropuertos cerrados y miles de desalojos son algunas de las consecuencias del fenómeno DANA en España, calificado como una gota fría sin precedentes en más de 1 siglo.

El en Murcia, Comunidad Valenciana, Andalucía, Castilla-La Mancha, Comunidad de Madrid y Baleares.

Menos mal que existe el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS)

Nació para asegurar riesgos de carácter extraordinario como inundaciones, terrorismo o ciclones. Al contratar un seguro de hogar, autos, comercio, comunidades, industria, vida, accidentes, etc. aportamos una pequeña cantidad al CCS. Ese dinero sufraga estos grandes siniestros.

Dudas más frecuentes

¿Siempre paga el Consorcio?

Siempre que exista una póliza de seguros que pertenezca a algunas de las pólizas citadas y que esté al corriente del pago del recibo de la prima de esa anualidad donde se incluye el recargo a favor del Consorcio.

¿Qué debo hacer o preparar?

Conservar los restos de los bienes dañados a disposición del perito y, si no resultara posible, sacar fotografías antes de la retirada de los mismos. Conservar las facturas en caso de que se tuviera que realizar de forma urgente alguna reparación. Prepara copia de la póliza y del recibo de pago de la prima para entregar en el momento del peritaje, los presupuesto y facturas de reparación, así como la cuenta bancaria a la que se solicite se abone la indemnización.

¿Existen las franquicias?

No es aplicable franquicia en los seguros de personas ni a los daños que afecten a vehículos asegurados por póliza de seguro de automóviles. Tampoco es aplicable franquicia en daños en viviendas ni en comunidades de propietarios de viviendas.

En los seguros contra daños en las cosas, la franquicia con cargo al asegurado es del 7% de la cuantía de los daños indemnizables.

En relación con la cobertura de pérdida de beneficios, la franquicia aplicable es la misma en tiempo o en cuantía, que la prevista en la póliza ordinaria.

ÚLTIMAS NOTICIAS